Impuesto a las Ganancias: Razones para Excluirlo de la Ley Ómnibus y Perspectivas para Enero

0

El escenario político y económico de Argentina se ve marcado por el mega-DNU y la ley ómnibus que abarcan múltiples reformas económicas y administrativas. Sin embargo, la reversión del Impuesto a las Ganancias, una reforma crucial para el presidente Javier Milei, permanece como una incógnita en este panorama. A continuación, se presenta un análisis detallado de la situación:

Un Impuesto en la Mira:

  • El Impuesto a las Ganancias, reformado en septiembre pasado elevando el mínimo de ingresos mensuales para la cuarta categoría, eximió a más de 800,000 contribuyentes. Esta medida, que forma parte de la premisa del Gobierno de alcanzar el equilibrio fiscal en 2024, tiene un costo fiscal de $2.9 billones, de los cuales $1.7 billones corresponden a las provincias, según estimaciones de los gobernadores.

Debate sobre la Reversión:

  • La reversión de la norma, anteriormente respaldada por el propio Milei durante su etapa como diputado, se presenta como una pieza clave en la estrategia del Gobierno para alcanzar el equilibrio fiscal. La eliminación de estas modificaciones contribuiría al Tesoro Nacional con el 0.4% del PBI, según cálculos del Palacio de Hacienda.

Posturas Divergentes:

  • A pesar de la importancia de la medida, algunos gobernadores expresan su reticencia a la vuelta del impuesto, argumentando que afectaría los derechos de los trabajadores. En respuesta a la caída en la masa coparticipable, los mandatarios provinciales presentaron un proyecto de ley proponiendo la coparticipación del 70% de lo recaudado por el impuesto al cheque como una forma de compensación.

Postura del Presidente:

  • Javier Milei ha rechazado la opción de coparticipar el impuesto al cheque, afirmando que las provincias ya enfrentan un déficit del 1% del PBI. Además, mantiene firme su política de déficit cero, señalando que la reintroducción de Ganancias es la solución para que las provincias puedan ordenar sus cuentas.

Perspectivas y Estrategias:

  • Sebastián Dominguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, sugiere que el proyecto para revertir Ganancias podría ser enviado por separado, con el objetivo de compartir el costo político con los gobernadores afectados por la reducción en la recaudación.

La incertidumbre en torno a la reversión del Impuesto a las Ganancias sigue siendo un elemento clave en el complejo escenario político y fiscal de Argentina, mientras se espera la definición de estrategias y la presentación de proyectos que den respuesta a esta importante cuestión.

En el contexto mencionado, es relevante señalar que mediante el decreto 473/2023, el ex ministro de Economía Sergio Massa había dispuesto, a partir de octubre, elevar el piso del mínimo no imponible para trabajadores y jubilados que perciban más de $1.770.000 mensuales o 15 salarios mínimos vitales y móviles (SMVM).

Con la actualización del SMVM a $156.000 en diciembre, actualmente solo están sujetos al Impuesto a las Ganancias aquellos que reciben salarios brutos superiores a $2.340.000. Sin embargo, esta normativa tiene validez hasta el 31 de diciembre, ya que a partir de enero de 2024 entrará en vigencia la ley 27725, sancionada por el Congreso.

La mencionada ley, que modifica el impuesto, fue aprobada por el Senado a fines de septiembre. Según esta normativa, lo establecido por el mencionado decreto se convertirá en permanente y establece que los contribuyentes tributarán en función de la diferencia entre sus ingresos y el mínimo establecido, con alícuotas que oscilan entre el 27% y el 35%, dependiendo del nivel de ingresos.

Entre las modificaciones más destacadas, el proyecto exime al Salario Anual Complementario (SAC) del impuesto e incorpora excepciones para ciertos cargos públicos y directivos de empresas, además de introducir nuevas escalas de tributación basadas en salarios mínimos.

En enero, se estima que aproximadamente 88.000 contribuyentes, representando menos del 1% del total de asalariados, jubilados y pensionados en el país, seguirían abonando el impuesto.

Por otro lado, dado que el decreto de Massa perdería vigencia el lunes y entraría en vigor la nueva ley aprobada en septiembre, los empleadores que liquiden los sueldos de diciembre en enero podrían considerar la posibilidad de anticipar el pago del salario correspondiente a este mes. Esta decisión se fundamenta en la falta de certeza sobre cuándo el Ejecutivo enviará el nuevo proyecto y las determinaciones que tomará el Congreso.

En este contexto, Sebastián Dominguez expresó: “Muchas empresas realizan el pago a mes vencido, pero este año resulta conveniente que adelanten el pago de diciembre. Por lo tanto, hay empleados que recibirán su sueldo de diciembre en diciembre, cuando anteriormente era común que lo recibieran al mes siguiente, y esto no generará problemas, ya que en enero no estará reglamentado el nuevo régimen”.

“Aquellos que cobren en enero podrían enfrentar falta de reglamentaciones para aplicar el impuesto. En estos casos, el empleador decidirá lo que considere apropiado y determinará si retiene o no el impuesto”, agregó Dominguez.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *