Operativo en Palermo: Detenido Dealer con 50 Pastillas de Éxtasis

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En un operativo llevado a cabo en el barrio de Palermo, la Policía de la Ciudad detuvo a un hombre de 28 años en posesión de numerosas pastillas de éxtasis, listas para su comercialización. El arresto tuvo lugar como parte de una investigación de la División Investigaciones Drogas de Diseño y Precursores Químicos, en el contexto de la captura de un prófugo con intervención del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Número 11.

El personal de la División, mientras se encontraba trabajando en la intersección de la avenida Córdoba y la calle Bonpland, en una plazoleta, identificó a un individuo de 28 años, residente en la provincia de Buenos Aires. El sujeto, al manipular una bolsa y mostrar comportamientos sospechosos, llamó la atención de las autoridades.

Ante esta situación, los oficiales se aproximaron al individuo y procedieron a su identificación. Durante la requisa, encontraron en sus pertenencias un total de 50 pastillas de éxtasis, 2 teléfonos celulares, la suma de 25.960 pesos y 31 dólares estadounidenses.

La rápida y eficaz actuación de la Policía de la Ciudad permitió la detención de este presunto dealer, contribuyendo así a la lucha contra el tráfico de drogas en la zona de Palermo. El detenido quedó a disposición de las autoridades judiciales, quienes determinarán los cargos y las medidas a seguir en el marco de la legislación vigente.

En Argentina, la legislación sobre drogas se rige principalmente por la Ley Nacional de Estupefacientes N° 23.737. Esta ley establece las normas y sanciones relacionadas con la producción, tenencia, tráfico y comercialización de sustancias estupefacientes. A continuación, se proporciona un resumen de los aspectos relevantes relacionados con el delito de tráfico de drogas y la figura del dealer en el marco legal argentino:

Ley Nacional de Estupefacientes N° 23.737:

Delito de Tráfico de Drogas (Artículo 5):

  • La ley prohíbe la producción, fabricación, almacenamiento, comercialización, distribución, transporte, provisión, venta y entrega de estupefacientes.
  • Establece penas de prisión para aquellos que realicen acciones vinculadas al tráfico de drogas.

Pena por Tráfico de Drogas (Artículo 5 bis):

  • Se establece una pena mayor cuando el delito se comete en lugares de acceso público, en proximidades de establecimientos educativos, deportivos o en medios de transporte público.

Delito de Tenencia de Estupefacientes con Fines de Comercialización (Artículo 5 ter):

  • Establece penas específicas para aquellos que tengan estupefacientes en su poder con la finalidad de comercializarlos.

Delito de Financiamiento del Tráfico de Estupefacientes (Artículo 29 bis):

  • Sanciona a quienes realicen acciones vinculadas al financiamiento del tráfico de drogas.

Tráfico Internacional de Estupefacientes (Artículo 5 quáter):

  • Establece penas para el tráfico internacional de drogas.

Penas Asociadas:

  • Las penas por delitos de tráfico de drogas pueden variar según la cantidad y el tipo de sustancia involucrada, así como otras circunstancias agravantes.

Detención y Proceso Legal:

  • La detención por delitos relacionados con drogas sigue el proceso penal argentino, que incluye la intervención de la fiscalía y la posibilidad de llevar el caso a juicio.

Es importante señalar que las leyes y sus interpretaciones pueden estar sujetas a cambios y actualizaciones. Para obtener información legal actualizada y específica sobre un caso particular, se recomienda consultar con un profesional del derecho en Argentina.

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